Fallo puede sentar precedente en otros procesos judiciales que iniciaron oficiales de las Fuerzas Armadas y PNP.
El Juzgado de Lima declaró NULA la RESOLUCIÓN DE PASE AL RETIRO POR RENOVACIÓN y exhortó al Ministro de Defensa y a al Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru a no seguir violando derechos constitucionales y respetar el debido proceso.
Se trata de uno de los mejores Coroneles de la Fuerza Aérea del Perú Oscar Raúl García Valderrama ,
es uno de la reserva moral a quien de manera arbitraria e inconstitucional fue pasado al retiro por la causal de renovación mediante Resolución Ministerial N.° 2060-2-DE/FAP-CP, de fecha 19 de diciembre de 2002, a exigencia del Comandante General de la Fuerza Aérea quien ordenó al al Consejo de Investigación para Oficiales Superiores, constituido en Junta Calificadora conforme al Acta JCOS-N° 08-2002, de fecha 18 de Diciembre de 2002, sea propuesto para el Pase a la Situación Militar de Retiro por la causal de “Renovación” del Personal Superior , sabiendo que dicho coronel no se encontraba incurso en ninguna de las limitaciones para ser renovados, lo pasaron al Retiro con fecha 01 de enero de 2003, la misma suerte corrió su hija quien era CADETE de la Escuela de Oficiales de la FAP -EOFAP le dieron de baja por medida disciplinaria.
La Resolución Ministerial se basé en el Acta JCOS N.° 08-2002, que hace una mención genérica a los artículos 55 y 58 del Decreto Legislativo N.° 752, del Decreto Supremo N.° 083-DE/SG, del Decreto Supremo N.° 058-DE/SG, del Decreto Supremo N.° 54-DE/SG, del Decreto Supremo N.° 024-DE/SG y de la Resolución Suprema N.° 038-DE/SG; es decir, sin motivar suficientemente las razones que sustentan el pase al retiro del Aviador . Y es que, en dicha resolución se citan únicamente las precitadas disposiciones legales y se hace referencia al Acta de la Junta Calificadora Para Oficiales Superiores, de fecha 18 de diciembre de 2002, sin exponer relación directa alguna entre las normas citadas y los hechos, las razones del nexo causal entre las necesidades o el interés público que justifiquen la decisión de pase a retiro por renovación y la medida adoptada.
No se han considerado en la motivación del proceso de renovación los requisitos, condiciones o aspectos de evaluación como la evaluación del legajo personal del brillante coronel , los años de permanencia en el grado o tiempo de servicios mínimo computados a la fecha de proyectado el cambio de situación militar .
Por ello la resolución Ministerial carece de razonabilidad y proporcionalidad, porque no se ha expuesto una justificación objetiva del pase a retiro del coronel , separándolo del servicio activo en las FAP, ha generado el truncamiento de las aspiraciones que tenía él mismo en lo referente a su actuación como Oficial superior FAP, por ello el Juez RESOLVIÓ declarar FUNDADA LA DEMANDA y declaró la nulidad de la Resolución Ministerial N.° 2060-DE/FAP-CP , ahora toca cobrar una CUANTIOSA SUMA DE DINERO.




